LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN EN ALICANTE

Obtén tu Licencia de Segunda Ocupación en Alicante de manera rápida y eficiente

¿Necesitas cambiar el titular del agua de tu vivienda o local en Alicante? Para ello, es indispensable obtener la licencia de segunda ocupación o cédula de habitabilidad del Ayuntamiento correspondiente. Esta autorización administrativa acredita que una vivienda de segunda mano o posterior está en condiciones de ser habitada.

¿Qué es la Licencia de Segunda Ocupación?

La licencia de segunda ocupación certifica que una vivienda cumple con las condiciones de habitabilidad exigidas cuando se otorgó la licencia de primera ocupación. Este proceso es fundamental para asegurar que la propiedad está en buen estado y puede ser utilizada como vivienda.

Proceso de Obtención

  • Visita Técnica:  Un técnico competente visitará la vivienda para recopilar los datos necesarios (medidas, fotografías, etc.).
  • Certificado de Habitabilidad: En un plazo aproximado de dos días, se expedirá el certificado técnico necesario.
  • Presentación en el Ayuntamiento: El certificado se presentará a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, listo para proceder al cambio de titular del agua.

¿Qué es la Licencia de Primera Ocupación?

Para las nuevas construcciones, la licencia de primera ocupación es la autorización final que emite el Ayuntamiento tras verificar que la vivienda cumple con la normativa de habitabilidad vigente y tiene las conexiones necesarias (agua, luz, telecomunicaciones, etc.). Aunque cada vez en más municipios se está modificando el procedimiento a una declaración responsable de primera ocupación, sigue siendo necesaria una inspección del técnico municipal.

Renovación de la Cédula de Habitabilidad en Alicante

Para renovar la cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación en Alicante, el propietario debe solicitarla al Ayuntamiento presentando un certificado expedido por un técnico competente. Este documento es necesario para:

  • Provisión de servicios en la vivienda (electricidad, agua, gas, etc.).
  • Segundas o posteriores ocupaciones.
  • Alquiler de viviendas.
  • Concesión de préstamos.
  • Venta de viviendas en casos especiales.
  • Documentación Necesaria.
  • Copia del DNI/NIE del propietario.
  • Copia de la escritura.
  • Certificado de segunda ocupación.
  • Justificante de pago de tasas (varía según el Ayuntamiento).
  • Cambios de Uso para tu Local
  • Cambio de Uso por Licencia

Segunda Ocupación en Locales

Para poder cambiar la titularidad del agua en un local comercial, también se requiere de la licencia de segunda ocupación por parte del Ayuntamiento.

En este caso, existen dos vías para poder conseguir dicho documento:

1. Solicitar una licencia de actividad para el local. Sería el caso en que el propietario o inquilino va a iniciar el desarrollo de una actividad comercial en el mismo, para lo cual necesitará de un proyecto de actividad.

2. Presentar un certificado técnico en el que se alegue que el local se encuentra sin uso actualmente. Este sería el caso para locales en los que se requiere de suministro de agua, pero en los que no se prevé el desarrollo de ninguna actividad.


En ambos casos, se necesitará la intervención de un técnico para preparar la documentación requerida y su trámitación en el Ayuntamiento.

¿Por qué Elegirnos?

En nuestra asesoría, nos especializamos en gestionar todo el proceso para obtener tu licencia de segunda ocupación en Alicante y certificado de habitabilidad en Alicante. Nuestro equipo de técnicos y arquitectos se encargará de todas las gestiones necesarias, asegurando un trámite rápido y sin complicaciones.

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Preguntas Frecuentes sobre la Licencia de Segunda Ocupación Alicante

La licencia de segunda ocupación es la verificación por parte del Ayuntamiento de que una vivienda está en condiciones de ser habitada. Esta licencia es esencial para asegurar la habitabilidad de una vivienda de segunda mano y se requiere en diversas situaciones.

Principalmente, la licencia de segunda ocupación en Alicante es necesaria en los siguientes casos:

  • Compras de vivienda para el cambio del titular de los suministros.
  • Nuevas altas de suministros, en viviendas que no han dispuesto de agua anteriormente o en las que se ha dado de baja la anterior contratación.
  • Obtener la licencia de uso turístico de una vivienda.

Para obtener la licencia de segunda ocupación, el Ayuntamiento requiere la siguiente documentación:

  • Certificado de segunda ocupación o certificado de habitabilidad.
  • Copia de la escritura, Nota Simple o recibo del IBI a nombre del nuevo propietario.
  • Justificante del pago de las tasas.

El certificado de segunda ocupación o certificado de habitabilidad es un documento redactado por un técnico, que verifica y justifica que la vivienda cumple con la normativa vigente de habitabilidad. Esta normativa regula las características que debe cumplir una vivienda: superficies mínimas por estancias, alturas, equipamiento mínimo, iluminación natural, etc. Para redactar este certificado, el técnico deberá realizar una visita a la vivienda para la toma de datos.

Visita Técnica: El técnico realiza una visita a la vivienda para recopilar los datos necesarios.

Redacción del Certificado: Tras la visita, el técnico redacta el certificado de habitabilidad.

Presentación en el Ayuntamiento: El certificado se presenta a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento con el certificado digital del técnico. El trámite se resuelve al momento, obteniendo un justificante de su presentación.

Cambio de Titular: Con el justificante de presentación y la documentación solicitada por la compañía de aguas (número de cuenta, DNI del titular, etc.), se puede realizar el cambio de titular. Aunque el propietario puede hacer este trámite, es mucho más cómodo si lo realiza el técnico en su nombre.

Durante la visita, el técnico verifica el cumplimiento de la normativa de habitabilidad de viviendas, que incluye:

  • Superficies mínimas por estancias.
  • Equipamiento mínimo.
  • Iluminación natural.

Para más detalles sobre los parámetros regulados por esta normativa, puedes consultar aquí.

Las tasas se abonan normalmente en el momento del registro. Si el trámite lo realiza el técnico, este abonará las tasas y las cargará en la factura final al cliente. El importe de las tasas varía según cada Ayuntamiento, siendo en Alicante de 38,73 €.

Una vez realizada la visita, el tiempo de redacción y tramitación en el Ayuntamiento es de aproximadamente dos días, con flexibilidad para adaptarse a las necesidades del cliente.

Las compañías de agua solicitan la licencia de ocupación debido a una exigencia legal establecida por la Ley 3/2004 de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación. Esta normativa establece los siguientes puntos clave:

  • Contratación de Servicios:Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y otros servicios están obligadas a exigir la licencia de ocupación para la contratación con los usuarios finales de sus respectivos servicios.
  • Licencia Municipal de Ocupación:Es obligatorio obtener la Licencia Municipal de Ocupación una vez concluidas las obras comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley.
  • Renovación de la Licencia:Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación, será necesario renovarla en los siguientes casos:
  • Transmisiones de Propiedad:Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
  • Nuevos Contratos de Suministro:Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.

Con esta información, esperamos haberte proporcionado una visión clara y detallada sobre la obtención de la licencia de segunda ocupación en Alicante y el certificado de habitabilidad en Alicante. Contáctanos hoy mismo para facilitar todos estos trámites y asegurar la habitabilidad de tu propiedad.